JOSÉ MARTÍNEZ M.
Si en México prevaleciera el Estado de Derecho no habría ningún presidente que se salvara de pisar la cárcel. Quizás Calderón podría seguir los pasos de Echeverría. Pero eso no se decide en una consulta sino en la aplicación irrestricta de la ley. Durante su gobierno, Fox ordenó la creación de una fiscalía para investigar los crímenes cometidos durante la guerra sucia. Después de dos años de litigios en tribunales, en julio de 2002, el fiscal Ignacio Carrillo Prieto sentó en el banquillo de los acusados a Echeverría. Sin duda se trataba de un juicio histórico. Se responsabilizaba a tres presidentes (Ordaz, Echeverría y Portillo) de las masacres del 2 de octubre de 1968, el Halconazo de 1971 y de la Guerra Sucia aplicada contra la guerrilla rural y urbana. En el expediente se incluía a los secretarios de la Defensa Nacional y directores de la Federal de Seguridad, en sus respectivos gobiernos. De acuerdo al juez Decimoquinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, en la causa penal 78/2005-I, que llevó el caso, como consta en la TOCA PENAL 344/2006-II se instauró a LUIS ECHEVERRÍA ÁLVAREZ o LUIS ECHEVERRÍA Y ÁLVAREZ, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de GENOCIDIO, previsto y sancionado por el artículo 149 bis, del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, vigente en el año de mil novecientos sesenta y ocho. Echeverría fue sentenciado a prisión domiciliaria por el Segundo Tribunal Unitario, pero luego de tres años, en Marzo de 2009 la justicia federal lo exoneró del delito de genocidio por la matanza del 2 de octubre de 1968. El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito ratificó el amparo que el 12 de julio de 2007 ya le había sido concedido a Echeverría, entonces de 87 años, por el magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano, entonces titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal. Lo grave fue que el propio fiscal que lo acusó frenó una consignación penal en contra de Echeverría, por el caso de decenas de ex guerrilleros de la organización fundada por Lucio Cabañas, quienes fueron secuestrados durante la llamada guerra sucia en Guerrero. Aunque la averiguación previa ya estaba concluida, y en ella se incluía a Echeverría, de último momento la Femospp decidió no pedir la captura del ex mandatario. El día que Echeverría fue consignado por el crimen de Genocidio mi colega y amigo José Reveles me visitó en mi oficina y charlamos sobre ese tema. Reveles me dijo: ‘¿Oye tocayo podrías llamar a Echeverría para una entrevista telefónica?’. Déjame intentarlo –le respondí–. Realicé la llamada al celular del expresidente quien muy amable me respondió, luego de un breve diálogo le mencioné que mi colega Reveles deseaba hacerle unas preguntas para una breve entrevista que se publicaría en El Financiero. Aceptó y platicó con Reveles, al día siguiente en primera plana del diario se publicó la nota en la que Echeverría se deslindaba y acusaba que se trataba de una maniobra política. En lo personal mi trato con Echeverría se reducía al tema del periodista Julio Scherer y el golpe a Excélsior. Nada más. En cuanto a Calderón hay argumentos jurídicos para proceder en su contra, un tanto por su corresponsabilidad en el combate al narcotráfico. Para empezar, en su guerra contra el crimen organizado, el presidente Calderón recibió del Congreso de la Unión una serie de elementos, como el arraigo domiciliario, un asunto que bien estudiado implica un conjunto de medidas autoritarias y poco propias de un régimen democrático, cuando en realidad son instrumentos característicos de las dictaduras, o del “derecho penal del enemigo”. Habría que subrayar que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación tergiversó la prohibición categórica y expresa de la Constitución por una jurisprudencia arbitraria al autorizar o validar la salida de las tropas de sus cuarteles para combatir al narco. El artículo 129 de la Constitución establece que: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá comandancias militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas”. Es así que la guerra contra el narco con Calderón mantuvo una cara real y otra formal o jurídica, pues es claro que desde el punto de vista legal no existía una guerra declarada. En el campo de la realidad se enfrentó una verdadera guerra que tuvo repercusiones mediáticas evidentes por el número de bajas, pero bien estudiadas las repercusiones jurídicas pueden ser trascendentales. El presidente Calderón se dio cuenta muy tarde que su estrategia de hablar de una guerra le iba a traer consecuencias, pues estamos en el caso de una guerra no declarada por el Congreso de la Unión y fuera de las funciones constitucionales del ejército, lo que podría implicar responsabilidades para los culpables de estos extremos, bien sea por violaciones a los derechos humanos, bien sea por crímenes contra la humanidad o por abusos y excesos de poder. El Artículo 73 Constitucional dice: “El Congreso de la Unión tiene facultad: XII. Para declarar la guerra, en vista de los datos que le presente el Ejecutivo”. En este caso, la guerra la declaró el Ejecutivo con todas las consecuencias legales a que tenga lugar. Lo que está claro es que en el caso mexicano las violaciones a la Constitución son notorias, de suerte tal que para remediar el problema, se incluye la conducta inconstitucional dentro de la Constitución y el poder solucionar su problema de abuso de poder o de violaciones sistemáticas a la Constitución, constitucionalizando los abusos de poder. Ese fue el camino que obligó a elevar a rango constitucional una medida propia de las dictaduras o de la Inquisición, el arraigo domiciliario. En víspera de terminar el sexenio de Calderón hubo factores fundamentales que movieron a su gobierno: buscar una legislación aun cuando sea retroactiva, que legalizara y legitimara las acciones inconstitucionales en que incurrió su gobierno. También buscó mediante mensajes mediáticos y foros de diálogos constantes y sistemáticos la sociabilización y aceptación de las estrategias contra el crimen organizado para argumentar posteriormente que se actuó por mandato popular y no como se hizo en realidad. Calderón creó la necesidad de mantener el Ejército en las calles a partir de la combinación de las teorías del miedo y del shock. Habría que profundizar en que la mayoría de los países aceptan la transmisión de la soberanía a la autoridad o a un ente abstracto que puede ser el orden normativo, sin embargo, los debates en el Congreso Constituyente de 1823-1824 dejaron perfectamente en claro que en México no se acepta trasladar la soberanía al Presidente o al Congreso, según el artículo 39, en relación al 40 y 41, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De esta forma se concreta una aplicación de la soberanía poco difundida y debe entenderse que cualquier ocultamiento de información para el soberano es un acto de usurpación de esa soberanía y según la naturaleza de la información, pudiera ser que hasta de traición a la patria. En la guerra contra el narco quedaron algunas cuestiones de profundidad: El poder judicial no debió ser convocado, pues el mandato que le confiere la Constitución es de imparcialidad para administrar justicia y no el de comparsa del Presidente en ninguna cuestión de administración de justicia. El Congreso de la Unión o al menos eso parece, fue suplantado en su calidad de representante legal y legítimo del pueblo de México, sin considerar la negativa de los líderes de los principales partidos políticos representados en el Congreso de la Unión de no haber asistido a las convocatorias del Presidente para no hacerle el juego a la representatividad alternativa. La posición del Presidente fue una posición periodísticamente correcta, sin embargo, la Constitución otorga en su división de poderes la representatividad popular al Congreso de la Unión. Es evidente que la apuesta del presidente Calderón, fue mantener una estrategia mediática que convenciera paulatinamente a la mayor parte de la sociedad para que aceptará no solamente la guerra contra el narco; sino que la estrategia de mantener al Ejército en las calles, limitar garantías y establecer un sistema más autoritario como la respuesta correcta y única aceptable. Es evidente que existen argumentos jurídicos para que se le someta a un juicio por crímenes de lesa humanidad y violación a los derechos humanos.
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